01
Declaratoria de herederos
Es el trámite habitual cuando no hay testamento: el juzgado reconoce quiénes son los herederos.
- Apertura de la sucesión
- Acreditación del vínculo
- Herederos en el exterior o que no se presentan
Área sucesiones
Poner los bienes de la familia a nombre de quienes corresponde.
Cuando fallece un familiar, los bienes no pasan solos a nombre de los herederos: hace falta iniciar la sucesión. Recién con ella se puede vender o transferir la casa, el auto o disponer de las cuentas.
Nos ocupamos del trámite completo, desde la apertura hasta la inscripción de los bienes, y te vamos contando en qué etapa está.

01
Es el trámite habitual cuando no hay testamento: el juzgado reconoce quiénes son los herederos.
02
Cuando la persona dejó testamento, hay que presentarlo y cumplir sus pasos formales.
03
El paso final: que la casa, el terreno o el auto queden a nombre de los herederos.
04
Cómo se reparte lo que quedó, por acuerdo entre los herederos o ante el juzgado si no lo hay.
Depende del juzgado, de la cantidad de herederos y de si están todos de acuerdo. En la entrevista te damos una idea según cómo esté tu caso.
Sí. La sucesión la puede iniciar cualquiera de los herederos; después se cita al resto.
Otras áreas
Contanos tu situación por WhatsApp y coordinamos una entrevista, en el estudio o por videollamada.
Av. José de San Martín 3285, Merlo · Lunes a viernes 13:30 a 19:30 · Sábados con cita previa